jueves 24 enero de 2019
La reglamentación incluye los aportes a seguros de vida, retiro y mixtos. Los aumentos son sustanciales, teniendo en cuenta que el máximo para este rubro era solo de $996,23.-
El poder ejecutivo consideró en el decreto, «que el incentivo de la contratación de seguros de vida y retiro fomenta el ahorro nacional y tiene como consecuencia el crecimiento a largo plazo del mercado de capitales y una mayor inversión en la economía real.»
Te compartimos el artículo 1° del decreto para que conozcas los nuevos límites y puedas planificar tus finanzas.
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LEY DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Decreto 59/2019
ARTÍCULO 1°.- Establécese que el monto máximo a deducir por los conceptos indicados en los incisos b) y j) del artículo 81 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, para cada uno de los períodos fiscales que se detallan a continuación, es el siguiente:
a. Período fiscal 2019: PESOS DOCE MIL ($ 12.000).
b. Período fiscal 2020: PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000).
c. Período fiscal 2021: PESOS VEINTICUATRO MIL ($ 24.000).
El monto dispuesto para el período fiscal 2021 se ajustará según lo que se establezca en la ley que se dicte en función de lo previsto en el artículo 303 de la Ley N° 27.430 y sus modificaciones.
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