PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO (PLAFT)
Nuestro país sancionó y promulgó la Ley 25.246 que creó la “Unidad de Información Financiera”, y enumeró en su Art. 20 los “Sujetos Obligados” que deben remitirle información con el fin de Prevenir el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
Las empresas Aseguradoras, por nuestra condición de “Sujeto Obligado” debemos recabar información de nuestros clientes y monitorear sus operaciones, para informarle a la Unidad de Información Financiera las operaciones que resulten sospechosas de lavado de activos.
Comprometidos con esta lucha, hemos diseñado e implementado políticas, procedimientos y controles con el fin de que nuestros productos y servicios no sean utilizados con fines delictivos.
Para lograr esos objetivos y conocernos mejor, diseñamos los siguientes formularios según el tipo de Cliente: