En términos prácticos para todas las personas físicas que pagan ganancias, este beneficio fiscal representa un importante ahorro en el costo del seguro de Vida y en la posibilidad de obtener un beneficio adicional por canalizar sus ahorros hacia un seguro de Retiro.
El importe a deducir tendrá un impacto diferente en cada persona, dependiendo de cada situación personal, del nivel de ingresos y de la escala impositiva en la que se encuentre, permitiendo deducir anualmente los siguientes importes máximos:
TABLA
Período Fiscal |Seguros de Vida |Seguros Mixtos |Seguros de Retiro |Total
2019 |$ 12.000 |$ 12.000 |$ 12.000 |$ 36.000
2020 |$ 18.000 |$ 18.000 |$ 18.000 |$ 54.000
2021 |$ 24.000 |$ 24.000 |$ 24.000 |$ 72.000
2022 y siguientes |$ 24.000* |$ 24.000* |$ 24.000*| $ 72.000*
(*): Ajustados por Unidad de Valor Tributaria (UVT)
Todos los seguros de vida individual y colectivo, con o sin ahorro son deducibles, así como también las primas que se aporten a un seguro de retiro.
Además de una amplia variedad de productos de Vida diseñados para atender cada necesidad, Federación Patronal Seguros de Retiro S.A. ofrece cobertura para quienes necesitan generar un fondo que les permita complementar una futura jubilación. La población es cada vez más longeva y los sistemas de previsión social están colapsando en la mayoría de los países: la necesidad de contar con una cobertura de retiro se vuelve imprescindible.
La necesidad de cobertura siempre estuvo presente, la demanda ahora tiene la motivación necesaria y Federación Patronal como siempre acompaña a nuestros productores poniéndoles a disposición productos completos, nobles, innovadores y flexibles para que puedan desarrollarlos comercialmente ante cada oportunidad de cobertura.