Gestión de Visitas Grupo Básico

¿Qué son las Visitas de Grupo Básico?
Las Visitas de Grupo básico son aquellas que deben realizarse a todos los empleadores afiliados a la compañía con relación a la frecuencia de visita establecida en la resolución 463/09–Anexo III . Donde se brindara un asesoramiento normativo por su actividad declarada en la ART. Esta frecuencia puede ser desde anual a cuatrienal en función del CIIU de la empresa.
La suscripción a la Solicitud de Póliza Digital (S.P.D.) con Federación Patronal S.A.U. ART implica una serie de obligaciones que como Empleadores deben conocer y sobre las cuales nuestros prevencionistas deberán asesorar para su cumplimiento:
- Asesorar sobre la existencia de riesgos presentes en el establecimiento
- Asesoramiento para la gestión de Establecimientos o domicilios de riesgo.
- Asesoramiento sobre la presentaciones de sus DDJJ: Nómina de trabajadores expuestos, Relevamiento general de riesgos laborales . Guiar al cliente sobre su confección y carga en la web institucional.
- Asesoramiento normativo de Inscripción a aquellos empleadores que deban inscribirse en el registro del Sistema de Vigilancia y Control de Sustancias y Agentes Cancerígenos (SVCC) y/o Registro Nacional Para La Prevención De Accidentes Industriales Mayores. Guiar al cliente sobre su confección y carga en la web institucional.
- Asesorar sobre la selección y Registro de entrega de ropa de trabajo y elementos de Protección personal. Entregar formulario para registro Resolución SRT 299/11.
- Entregar al empleador material informativo sobre la prevención al momento de la visita juntamente con la folletería de Capacitaciones e-learning
- Suministrar información relacionada a la seguridad en el empleado de productos químicos y biológicos.
- Entregar el manual de Uso de Sistema de Ventanilla Electrónica elaborado por Federación Patronal S.A ART.
- Explicar cómo se escanea el código QR- un acceso directo a la web institucional de Federación Patronal S.A.U. ART y a qué tipo de información puede acceder relacionada.
Por último, nuestro prevencionista deberá asesorar y asistir técnicamente, evaluar y verificar el estado de cumplimiento a la normativa vigente por su actividad (agro, industria, construcción). A continuación se describen los puntos a relevar por cada actividad:
DECRETO 351-79
| SERVICIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO | ILUMINACIÓN Y COLOR |
| SERVICIO DE MEDICINA DEL TRABAJO | CONDICIONES HIGROTÉRMICAS |
| HERRAMIENTAS | RADIACIONES IONIZANTES |
| MÁQUINAS | RADIACIONES NO IONIZANTES Y LÁSERES |
| ESPACIOS DE TRABAJO | INSTALACIONES EDILICIAS, INLUIDO DESAGÜES Y SANITARIOS |
| ERGONOMÍA | APARATOS PARA IZAR, MONTACARGAS Y ASCENSORES |
| PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS – Vías de escape | CAPACITACIÓN Y PRIMEROS AUXILIOS |
| PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS – Extinción y detección | VEHÍCULOS |
| PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS – Depósitos de combustible | CONTAMINACIÓN AMBIENTAL |
| ALMACENAJE | RUIDO, ULTRASONIDO E INFRASONIDO |
| SUSTANCIAS PELIGROSAS: USO Y ALMACENAJE | VIBRACIONES |
| RIESGO ELÉCTRICO | SOLDADURA |
| APARATOS SOMETIDOS A PRESIÓN – Calderas y otros | ESCALERAS |
| APARATOS SOMETIDOS A PRESIÓN – Uso y almacenamiento de gases | MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LAS MÁQUINAS Y EQUIPOS |
| EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (E.P.P.) |
Decreto 617/97
| SERVICIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO | MANEJO DE MATERIALES |
| SERVICIO DE MEDICINA DEL TRABAJO | USO Y ALMACENAMINETO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS |
| EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (E.P.P.) | SILOS |
| CAPACITACIÓN Y PRIMEROS AUXILIOS | ESTIBA DE MATERIALES |
| SERVICIO DE INFRAESTRUCTURA | PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS – QUEMA DE RASTROJOS |
| MAQUINARIA, MOTORES Y MECANISMOS DE TRANSMISIÓN | PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO – Extinción |
| MÁQUINAS AGRÍCOLAS: TRACTORES Y OTRAS MAQ. AGRÍCOLAS | PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS – Depósito de combustibles |
| HERRAMIENTAS | VEHÍCULOS |
| CONTAMINACIÓN AMBIENTAL | EXPLOTACIÓN FORESTAL |
| RUIDO | MANEJO DE ANIMALES |
| ILUMINACIÓN y CARGA TÉRMICA | CONTAMINACIÓN BIOLÓGICA |
| RIESGO ELÉCTRICO |
DECRETO 911/96
| SERVICIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO | ILUMINACIÓN |
| LEGAJO TÉCNICO | ESPACIOS CONFINADOS |
| AVISO DE INICIO DE OBRA | TRABAJOS DE DEMOLICIÓN |
| PROGRAMA DE SEGURIDAD | EXCAVACIONES Y TRABAJOS SUBTERRÁNEOS |
| CAPACITACIÓN | TRABAJOS CON HORMIGÓN |
| SERVICIO DE INFRAESTRUCTURA DE OBRA | MÁQUINAS |
| ORDEN Y LIMPIEZA | HERRAMIENTAS |
| ALMACENAMIENTO DE MATERIALES | ESCALERAS |
| CAÍDA DE PERSONAS Y/U OBJETOS A DISTINTO NIVEL | ANDAMIOS DE MADERA, TUBULARES Y CABALLETES |
| TRABAJOS EN VÍA PÚBLICA | ANDAMIOS COLGANTES |
| SEÑALIZACIÓN | SILLETAS |
| RIESGO ELÉCTRICO | VEHÍCULOS Y MAQUINARIA AUTOMOTRÍZ |
| PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS | GRÚAS Y APARATOS ELEVADORES |
| DEPÓSITOS INFLAMABLES | MONTACARGA Y MONTAPERSONAS |
| EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (E.P.P.) | CUERDAS, CADENAS Y ESLINGAS |
| CONTAMINACIÓN AMBIENTAL | SOLDADURA Y CORTE DE GAS |
| RUIDO | APARATOS SOMETIDOS A PRESIÓN |
