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martes 27 abril de 2021

Nómina De Trabajadores Expuestos A Agentes De Riesgo (NTE)

NTE

 

La Resolución 37/10 en su artículo 3°, inciso 5 establece que los empleadores afiliados deberán suministrar a la A.R.T., la Nómina de Trabajadores Expuestos a cada uno de los agentes de riesgo, al momento de la afiliación a una A.R.T. o de la renovación del contrato.

A su vez la Resolución 46/18 en su Anexo I – Cláusula Quinta – punto 1, inciso b) establece como obligación del empleador declarar, al momento de la suscripción de la S.P.D. (Solicitud de Póliza Digital), los datos del o de los establecimientos y el estado de cumplimiento de las normas e higiene de seguridad laboral y la identificación de los agentes de riesgos en cada uno de ellos, con la documentación respaldatoria y la nómina de trabajadores expuestos.

Establece además en su punto d) que es obligación del empleador comunicar a la A.R.T., con la debida antelación, los cambios de tecnología, incorporaciones de sustancias y compuestos utilizados en los procesos, modificaciones en la organización del trabajo, y cualquier otro cambio que se produzca en los trabajos generados por el Empleador que modifiquen los riesgos de accidentes o enfermedades profesionales tenidos en cuenta al inicio de la cobertura.

Objetivo y finalidad de la N.T.E.

El objetivo de la presentación de la Nómina de Trabajadores Expuestos a Agentes de Riesgo es a fin de poder realizar los Exámenes Médicos Periódicos a los trabajadores informados como expuestos a riesgos, y la finalidad de estos es detectar patologías en forma temprana para de este modo evitar futuras Enfermedades Profesionales.

Obligaciones de presentación de la N.T.E. (Quien lo confecciona, cuando se presenta)

¿Quién deberá completar y firmar el formulario?

El formulario debe ser presentado por el empleador ante la Asegurada y puede ser confeccionado y firmado por cualquier responsable por parte de la empresa que ésta designe para ello. Se sugiere que quien lo realice y firme sea persona idónea en el tema su responsable en Higiene y Seguridad, Medicina laboral y/o a fines.

Debe presentarse una N.T.E. por cada establecimiento del empleador.

¿Cuándo se debe presentar la N.T.E.?

  • Al Alta de la Póliza Digital (inicio de la afiliación)
  • Al informar y dar de Alta un nuevo establecimiento. (Previo a la carga del RAR deberá primero dar de alta al Establecimiento)
  • A la renovación de la póliza, si nunca lo presentó para un establecimiento ya declarado.
  • A la renovación de la póliza, si la empresa está incluida actualmente en los programas de Alta Siniestralidad definidos por la SRT: PESE (Res SRT 363/16) y PESE-PyMEs (Res SRT 20/18).
  • Al informar una obra cuya duración de su actividad en la misma sea igual o superior a un año (acción complementaria del Aviso de Inicio de Obra y el Programa de Seguridad de Obra).
  • Si posee una póliza vigente y nunca lo presentó para su/s establecimientos declarados.
  • En cualquier momento del año cuando se requiera informar modificaciones de lo anteriormente informado en este sentido.

IMPORTANTE. Recuerde que no es necesario volver a presentar el documento año tras año si no debe informar modificaciones respecto de lo ya declarado en la última Nómina de Trabajadores Expuestos presentada ante la Aseguradora.

¿Es obligatoria su presentación?

Su presentación es obligatoria independientemente de la actividad que realice la empresa.

¿Cómo debo presentarla? ¿Se presenta una sola NTE por todas la ubicaciones o una por ubicación?

La N.T.E. debe presentarse una por cada ubicación que mantenga la empresa, debiendo señalar a cada trabajador en cada establecimiento donde realice actividad y/o presta servicio.

¿A quién debo relevar en la N.T.E.? ¿Expuestos y/o no expuestos?

En primer lugar, es importante pueda establecer el análisis de el/los puesto/s de trabajo que existen en su actividad y en su establecimiento. Luego de ello deberá relevar la N.T.E. El mismo debe ser presentado por la totalidad de empleados que realicen actividad para la empresa (independientemente de los cargos, riesgos y actividades de cada uno de ellos).

Para aquellos trabajadores que indique SIN EXPOSICION podrá señalarlos en la columna de AGENTES DE RIESGO con el Numero “0”

Caso contrario deberá señalar su correspondiente exposición de acuerdo con los códigos de sustancias y agentes de riesgo establecidos en el Anexo III de la Resolucion 81/19.

 

Sistema de vigilancia y control de sustancias y agentes cancerígenos

 

¿COMO REALIZAR LA PRESENTACION POR NUESTRA PLATAFORMA DIGITAL?

Se debe ingresar la página web institucional de Federación Patronal Seguros SA www.fedpat.com.ar y una vez allí dirigirse a la opción PORTAL ART e ingresar con su usuario y clave (en caso de no contar con usuario y clave comunicarse con artproduccion@fedpat.com.ar ).

A continuación, les compartimos el instructivo de carga que podrá acompañarlos en la autogestión de su DDJJ, luego de realizada la misma podrá obtener el comprobante de esta con el sello de la compañía.

 

INSTRUCTIVO DE CARGA NTE

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