Desde Federación Patronal S.A.U acompañamos el desarrollo de la Nueva Resolución SRT 61/2023, dispuesta por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

La misma establece nuevas medidas de seguridad obligatorias para la prevención de todos los trabajos en altura. Factor de riesgo laboral que implica del 20% al 40% de accidentes mortales anuales en actividades de Construcción.

La presente resolución entrará en vigencia a partir del 23 de abril del 2024 y cuenta con tres anexos, en los que se especifica que serán los empleadores quienes deberán adoptar, las medidas de prevención necesarias durante el desarrollo de la tarea, aprobándose:

Las Medidas de seguridad en Altura mediante su Anexo I , a incorporarse en su Legajo técnico de obra.

– El Glosario Y Definiciones Relacionadas A Los Trabajos En Altura mediante su Anexo II.

– Planillas De Listas De Verificación De Equipos Operativos mediante su Anexo III.

Estas nuevas disposiciones, complementan las medidas de seguridad estipuladas en el Decreto SRT 911/1996, específico para el trabajo en la construcción, y la normativa vigente vinculada con la materia.

IMPORTANTE: En caso que de las características de tu actividad se desprenda el deber de realizar y documentar estas medidas preventivas, podrás hacerlo mediante la presentación de tu Programa de Seguridad o mediante la presentación de un Anexo de obra, vinculándolo a tu Programa ya presentado. 

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