- Individual:
Personas físicas para cobertura del titular,
cónyuge, hijos, padres y padres políticos-.
- Colectiva:
Empresas, cooperativas y mutuales que
quieran brindar un benficio a sus
empleados o asociados.
- Hasta 64 años:
Sin requisitos médicos
(carencia 30 días)
- De 65 a 74 años:
Ingreso con declaración de salud
- Permanencia: Sin límite.
Un equipo disponible las 24 horas, los 365 días del año para acompañar a
la familia y resolver todos los aspectos operativos del servicio
Si el costo del arreglo es menor al valor de tu franquicia, lo pagás vos. Esto es porque la franquicia es el monto inicial que siempre queda a tu cargo. El seguro empieza a intervenir recién cuando el gasto supera ese valor. Por eso, es importante elegir una franquicia que puedas afrontar sin que te genere un inconveniente.
Sí. Para poder retirar el auto del taller, tenés que pagar la franquicia, independientemente de quién haya sido responsable del choque. Después, si la otra persona fue responsable y tiene seguro, podés hacer el reclamo a su aseguradora para recuperar ese dinero.
En el plan Todo Riesgo de Federación Patronal, estos daños suelen estar cubiertos al 100% y sin franquicia. Esto significa que, ante un daño por granizo o en los cristales, no tenés que pagar un monto inicial ni hacerte cargo de una parte del arreglo. Es una de las principales ventajas de este tipo de cobertura frente a otras opciones más básicas.
No está comprendido, pero se puede coordinar la repatriación con un valor a cotizar en el momento.
Se facturará el kilómetro excedente según la tarifa local al momento de la prestación.
No. Los impuestos y tasas están a cargo de la familia o allegados.
Sí, se entregan en el momento de la inhumación a todos los concurrentes.
Asegurados