Cubre el robo y/o hurto de bienes muebles en espacios
compartidos.
Protección contra granizo, terremoto, huracán, vendaval, ciclón y tornado.
Protección ante colapsos estructurales no causados por
vicios de construcción.
Cubre los daños que la propiedad asegurada pueda causar
a linderos por un incendio.
Protección ante daños ocasionados por el uso de ascensores
y/o montacargas.
Protege ante daños o pérdidas a los vehículos en garajes del edificio.
Cubre daños a terceros causados por filtraciones, derrames o escapes de agua por rotura en instalaciones del edificio.
Cobertura ante daños eléctricos en las instalaciones comunes.
No es obligatorio por ley, pero las inmobiliarias lo exigen como requisito en la mayoría de contratos de alquiler. Es una práctica estándar para proteger tanto al propietario como al inquilino.
El costo depende principalmente de los metros cuadrados del inmueble, su ubicación y las coberturas elegidas. Podés solicitar una cotización gratuita para conocer el valor específico de tu propiedad.
En caso de siniestro, tendrías que afrontar todos los daños con recursos propios. Además, podrías tener problemas legales con la inmobiliaria o el propietario si era requisito del contrato.
• Partes propias: departamentos o unidades individuales.
• Partes comunes: hall, escaleras, ascensores, terraza, garajes, SUM, pileta, etc. Representan entre el 70% y 80% del edificio.
Sí. La suma asegurada se aplica primero a las partes comunes y, si hay excedente, a las partes propias según proporción.
Asegurados