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premio n1 ranking general seguros

Integral de Consorcio

Cubrimos todas las necesidades de tu edificio.

Un seguro necesario y obligatorio para tu consorcio con el respaldo de una de las aseguradoras líderes de Argentina

Asistencia domiciliaria por urgencias las 24hs ante emergencias de plomería, reposición de cristales, apertura de accesos, etc​

Cobertura ante daños por intento de robo

Gastos extras por alojamiento y mudanza

Cobertura sin cargo ante daños provocados por huelga, vandalismo, impacto de vehículos y humo

COBERTURAS PRINCIPALES

Incendio Edificio (con extensión a Unidades Funcionales)

Destinada a cubrir los daños materiales de las partes comunes del edificio causados por la acción del fuego, rayo y/o explosión.

Incendio Contenido (con extensión a Unidades Funcionales)

Destinado a cubrir los daños materiales a los elementos que se encuentren en las partes comunes del edificio. Incluimos las instalaciones, mobiliario y efectos de propiedad común del consorcio.

Daños por agua e inundación (con extensión a Unidades Funcionales)

Destinado a cubrir tanto al edificio como al contenido de las partes comunes por la acción directa del agua y/o inundación.

Cristales

Se amparan las piezas vítreas como consecuencia de rotura o rajadura. Incluye los gastos de colocación.

Responsabilidad Civil

Destinado a cubrir al consorcio por los daños ocasionados a un tercero. Los consorcistas, propietarios e inquilinos se consideran terceros. Esta cobertura no tendrá franquicia alguna.

COBERTURAS ADICIONALES

Robo y/o Hurto del Mobiliario del Consorcio así como matafuegos, luces de emergencia y cámaras de seguridad, entre otros

No solo se ampara la pérdida de estos bienes sino los daños provocados para concretar el robo.

Daños por eventos de la naturaleza (Huracán, Vendaval, Ciclón y Tornado, Granizo y Terremoto)

Podrás incluir estos adicionales para mejorar tu cobertura de Incendio Edificio.

Responsabilidad Civil Linderos

Ampara los daños causados a inmuebles linderos como consecuencia de incendio, rayo y/o explosión.

Responsabilidad Civil Ascensores y/ montacargas

Ampara los daños producidos por el uso de ascensores y montacargas.

Responsabilidad Civil Guarda de Vehículos

Se ampara la responsabilidad civil del consorcio asegurado por daños y/o pérdidas provocados a los vehículos que se encuentren en garage perteneciente al edificio.

Daños por tensión al contenido y al edificio

Junto con la cobertura de Incendio Edificio, se puede optar por incluir los daños por tensión tanto al edificio como al contenido de las partes comunes del consorcio.

Responsabilidad Civil por Rotura de Cañerías

Se cubre la responsabilidad civil del consorcio asegurado por los daños causados a terceros por la acción directa del agua únicamente cuando sea causada por filtraciones, derrame o escape por rotura en las instalaciones destinadas a contenerla o distribuirla.

Dejános tus datos

y te contactaremos a la brevedad para ofrecerte la mejor cobertura.

En FP hemos desarrollado un producto multicobertura pensado para las necesidades de cada consorcio. Contactanos y te ofrecemos un producto a medida.

PREGUNTAS FRECUENTES

Según el Código Civil y Comercial de la Nación en su artículo 2067, inciso h) establece que el administrador debe “mantener asegurado el inmueble con un seguro integral de consorcios que incluya incendio, responsabilidad civil y demás riesgos de práctica, aparte de asegurar otros riesgos que la asamblea resuelva cubrir”.

No es necesario realizar una inspección sobre el consorcio. En algunos casos, atendiendo a las sumas aseguradas elevadas, es posible solicitar la inspección del edificio.

Si, es posible asegurar el 100% del edificio y no solo las partes comunes. Ante un siniestro, la suma asegurada se aplicará en primer lugar al pago de la indemnización de las partes comunes. Si la SA fuese superior, el excedente se utilizará para indemnizar a las partes propias de cada consorcista en base a su proporción.

Según el Código Civil y Comercial de la Nación en su artículo 2067, inciso h) establece que el administrador debe “mantener asegurado el inmueble con un seguro integral de consorcios que incluya incendio, responsabilidad civil y demás riesgos de práctica, aparte de asegurar otros riesgos que la asamblea resuelva cubrir”.

Las partes propias son cada unos de los departamentos o pisos que son de propiedad de su dueño. Las partes comunes corresponde al resto del edificio que no es de propiedad exclusiva. Comúnmente se establece que las partes comunes del consorcio ocupan entre el 70% y el 80% del edificio y son las siguientes: Hall de entrada, escaleras, pasillos, ascensores, la vivienda del encargado, la terraza, los sótanos, garajes y playas de estacionamiento, el salón de usos múltiples, la pileta, entre otros.

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