martes 30 enero de 2018
Reempadronamiento Obligatorio
En el marco del Plan de Modernización del Estado, la Superintendencia de Seguros de la Nación consideró necesario digitalizar y unificar la información disponible en los Registros de Productores Asesores.
A través de la Resolución N° 76-E/2018, publicada en el Boletín Oficial el día 29/01/2018, la SSN dispone que los productores asesores de seguros deberán realizar el trámite “Empadronamiento de Productores Asesores de Seguros”, disponible en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Para poder ingresar al TAD, tanto Aspirantes como Productores Asesores de Seguros, previamente deberán adherir al servicio ingresando con clave fiscal en la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Entre otros requerimientos, al realizar el reempadronamiento, deberán completar sus Datos Personales, Laborales, Impositivos, Información correspondiente a la Matrícula y también Datos referentes a la inscripción como Sujeto Obligado ante la UIF.
El incumplimiento en tiempo y forma del empadronamiento implicará la baja automática en el Registro de Productores Asesores, de quienes encontrándose en mora, no hayan regularizado la situación.
El registro deberá realizarse en base al Cronograma establecido:
Instructivo para Adherir Servicio TAD